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Educación especial: Identificación y Registro

  • Lcda. Rivera Rivera
  • Feb 19, 2018
  • 1 min read

Updated: Jan 12, 2022


Los departamentos de Educación y de Salud de Puerto Rico están obligados a identificar o reconocer a los niños y jóvenes que requieren educación especial. Sin embargo, en muchos casos son los padres o encargados quienes informan a la agencia la condición de sus hijos y reclaman los servicios. Esta gestión tiene que formalizarse mediante el registro de los niños en el Programa de Educación Especial del DE o en el Programa de Intervención Temprana que administra el Departamento de Salud.


El registro de un niño ocurre cuando los padres o encargados observan que su hijo no se desarrolla como corresponde a su edad cronológica y que tiene dificultades en la escuela. También puede ocurrir cuando un profesional de la salud recomienda a la familia que busque ayuda para el niño. El registro se hace en los Centros de Servicios de Educación Especial o en los distritos escolares.


No se necesita un referido médico o una autorización del maestro si el niño ya está en la escuela. Tampoco se requiere que presenten una evaluación médica o de una persona experta para registrar al niño; sin embargo, puede presentarla si la tiene.

El servicio de registro debe estar siempre disponible en los Centros de Servicios de Educación Especial (CSEE) o en los distritos escolares donde residan los niños con discapacidades. El Departamento de Educación realizará los arreglos necesarios para garantizar la continuidad del proceso.


*Véase Art. 5- Manual de Educación Especial para madres, padres y encargados*

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